En la Orden ESS/184/2012, de 2 de febrero, BOE de 7 de febrero de 2012, se establecen los índices de siniestralidad general y de siniestralidad extrema, para las distintas actividades económicas, que las empresas no deben superar para poder solicitar el bonus correspondiente al año 2011.
Este
incentivo consiste en una devolución del 5% ó 10% del importe de las
cuotas por
contingencias profesionales, a aquellas empresas que hayan conseguido
reducir su siniestralidad laboral.