El médico podrá emitir el parte de parte de baja y alta en el mismo momento,., se ha publicado la Orden ESS/1187/2015 que
desarrolla el Real Decreto 625/2014 por el que se regulan determinados aspectos
de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los
primeros 365 días de su duración.Los médicos facultativos deberán detallar, en el
momento de expedir el parte médico de baja, la duración estimada del proceso.